05/10/2022
El documento aprobado en pleno prioriza al peatón y hace hincapié en el calmado del tráfico y en las zonas de bajas emisiones
La primera Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible de Castelló aprobada inicialmente en el pleno de la semana pasada, se somete a exposición pública a partir de hoy y durante un plazo de 30 días, según recogió ayer el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). El documento puede consultarse en la página web municipal (www.castello.es) en el apartado de Normativa Municipal y subapartado Consulta de Normativa en tramitación; y en la sección de Movilidad ubicada en el edificio del nuevo ayuntamiento, en la plaza Mayor, planta baja (de lunes a viernes, de 9.00 horas a 13.00 horas). Transcurrido ese plazo se entenderá definitivamente aprobada si no hay reclamaciones.
La alcaldesa de Castelló, Amparo Marco, ha destacado que, con esta ordenanza "Castelló dispondrá de una normativa de movilidad sostenible que armoniza los distintos usos de la vía pública y los espacios urbanos y que presta especial atención a los peatones, ciclistas y a los vehículos de movilidad personal". También ha destacado que el texto hace hincapié en las personas con movilidad reducida, el transporte público, las zonas con velocidad limitada y las zonas de bajas emisiones.
El concejal de Movilidad Sostenible, Jorge Ribes, ha puesto en valor esta ordenanza que "defiende y fomenta que Castelló sea cada vez una ciudad más verde en la que se dé prioridad a los peatones y se fomente la movilidad sostenible como la circulación de bicicletas y de vehículos de movilidad personal".
Vehículos de movilidad personal
Las principales novedades que recoge la ordenanza en su articulado tienen que ver con la circulación de vehículos de movilidad personal (VMP); los patinetes a motor. Entre otras cuestiones, se especifica que la edad mínima permitida para circular con este tipo de vehículos por las vías y espacios públicos es de 15 años. Queda prohibido circular con auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, ni el uso durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, así como cualquier otro medio o sistema de comunicación que implique uso manual. La utilización de casco de protección debidamente homologado será obligatoria para las personas usuarias, y queda prohibido también circular más de una persona en los VMP. Además, la proliferación en el uso de los VMP y el riesgo que conlleva en la circulación de este tipo de vehículos hace que en Castelló se recomiende la contratación por parte de la personas que hace uso de un seguro de responsabilidad civil.
Con carácter general se prohíbe la circulación por las aceras y demás espacios reservados con carácter exclusivo para el tránsito, estancia y esparcimiento de los peatones. Los VMP únicamente podrán circular por vías específicas para ciclistas situadas a cota de calzada, por carriles bici marcados sobre la acera a velocidad moderada no superior a 10 km/h, por carriles señalizados con limitación de velocidad a 30 km/h en calzada de varios carriles de circulación, por la calzada de ciclocalles y por vías de un único carril por sentido de circulación y con limitación de velocidad a 30m km/h, por la calzada de calles integradas dentro de zonas 30 y por calles peatonales con acceso restringido a una velocidad moderada no superior a 10 km/h. Por razones de seguridad vial, no podrán circular por el resto de vías urbanas, y en los parques públicos podrán circular por aquellos itinerarios en los que esté permitida la circulación de bicicletas, respetando en todo momento la prioridad del peatón.
En cuanto a los patines y patinetes sin motor, monopatines o aparatos similares sin propulsión motorizada, podrán transitar por las aceras y demás zonas peatonales a una velocidad adaptada al paso de persona, evitando en todo momento causar molestias o peligro y en ningún caso tendrán prioridad respecto al peatón. También podrán ir por carriles bici protegidos, aceras-bici, sendas ciclables y pistas-bici exclusivas para la circulación de bicicletas.
Calmado del tráfico
La nueva ordenanza de movilidad incide también en el concepto de calmado del tráfico, entendiéndolo como el conjunto de medidas estructurales y de señalización encaminados, entre otros fines, a reducir la intensidad y velocidad de los vehículos, hasta hacerlos plenamente compatibles con el uso y actividades peatonales que se desarrollan en el viario sobre el que se aplica.
Los objetivos de estas medidas son, entre otros, moderar la velocidad en las zonas de aproximación y franqueo de cruces, intersecciones, pasos peatonales, de ciclistas y zonas con presencia de servicios o de intereses públicos; facilitar el uso de todas las personas usuarias en condiciones de seguridad de los espacios abiertos al tráfico y la circulación; mejorar las condiciones ambientales del entorno con el mantenimiento de la progresión normal de las corrientes de vehículos; y economizar el consumo de combustible al aplicar medidas más racionales de conducción y por ende una circulación continua y de velocidad media mantenida.
De forma específica, y como recoge la ordenanza, serán aplicables las medidas de calmado del tráfico en los nuevos planes de urbanización y proyectos de vías básicas de la red principal y red secundaria; en las zonas o áreas 30, que son el conjunto de calles pertenecientes a la red secundaria y local en las que se aplica la limitación de velocidad de 30 km/h; en calles residenciales o de plataforma única y vías de urbanizaciones pertenecientes a la red local urbana; y en zonas peatonales de coexistencia o mixta, dirigidas a integrar los diferentes tipos de tráfico sobre el mismo espacio, incluyendo a los peatones, ciclistas y servicios públicos, sin menoscabo de su seguridad.
Zona de Bajas Emisiones
La primera Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible de Castelló también define la Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y su establecimiento en la ciudad con los objetivos de reducir los niveles de contaminación ambiental y mejorar la calidad de vida de sus residentes; promover una movilidad más sostenible, favoreciendo el transporte público colectivo y los medios y vehículos menos contaminantes; y disminuir la intensidad de tráfico, recuperando espacio público para el peatón.
Además, especifica que, de acuerdo con el Plan de Movilidad Urbana Sostenible y Seguridad Vial de Castelló, a los efectos de mejorar la calidad ambiental y el ahorro energético, se podrán crear zonas de bajas emisiones en las que se implanten progresivamente incentivos y restricciones que promuevan la transformación de la misma en una zona de menores emisiones contaminantes, para lograr un efecto catalizador positivo sobre la evolución del parque circulante en el municipio y en la calidad del aire de toda la ciudad.